.- Otras modificaciones fiscales.

Mediante el Real decreto 2004/2009 de 23 de diciembre (BOE del día 29 de diciembre) se introducen modificaciones en el Reglamento del Impuestos sobre la Renta de las Personas y en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria, que seguidamente reseñamos.

Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Se introducen diversos cambios en el procedimiento para la determinación del importe de la retención o pago a cuenta a practicar sobre los rendimientos del trabajo y de actividades económicas, como consecuencia de la supresión gradual de los 400 euros vigente en 2009.
- Se modifican los artículos reguladores del porcentaje de retención o pago a cuenta como con secuencia de la modificación legal del 18 al 19 por ciento aplicable a los rendimientos del capital mobiliario, ganancias patrimoniales sujetas a retención, arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos y otros supuestos.
- Se adapta el cálculo de los pagos fraccionados a efectuar por empresarios y profesionales al nuevo importe de la deducción por obtención de rendimientos del trabajo y de actividades económicas.

Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria. Obligaciones en el IVA y en el IGIC
La obligación de informar sobre las operaciones incluidas en los libros registro del IVA o del IGIC al tiempo de presentar las correspondientes liquidaciones de estos impuestos resultará exigible desde el 1 de enero de 2009 únicamente para aquellos sujetos pasivos inscritos en el registro de devolución mensual.
Para los restantes obligados tributarios el cumplimiento de esta obligación será exigible por primera vez para la información a suministrar correspondiente al año 2012.

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