.- Medidas extraordinarias para reducir el déficit público.

El Gobierno, mediante el Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, aprueba una serie de medidas con la que se pretende contribuir a la sostenibilidad de las finanzas públicas.

A grandes rasgos, las medidas adoptadas, son las siguientes:
- Reducir, aplicando criterios progresivos, la masa salarial del sector público en un 5% anual.
- Suspensión de la revalorización de las pensiones públicas para el 2011, excluyendo las no contributivas y las pensiones mínimas.
- Supresión de la retroactividad del pago de las prestaciones por dependencia al día de presentación de la solicitud. A su vez, se establece un plazo máximo de resolución de seis meses, cuyo incumplimiento llevará aparejada retroactividad desde la fecha en que se incurra en el mismo.
- Anulación de la prestación por nacimiento o adopción de 2.500 euros a partir del 1 de enero de 2011.
- Revisión del precio de los medicamentos excluidos del sistema de precios de referencia y la adecuación del número de unidades de los envases de los medicamentos a la duración estandarizada de los tratamientos, así como dispensación de medicamentos en unidosis. Todo ello con el objetivo de reducir los gastos en farmacia.

En esta misma norma, mediante disposición transitoria, se modifica el actual régimen de jubilación parcial de forma que hasta el 31 de diciembre de 2012, podrán acogerse a esta modalidad de jubilación los trabajadores afectados por compromisos adoptados en expedientes de regulación de empleo o por medio de Convenios y acuerdos colectivos de empresa, aprobados o suscritos, respectivamente, con anterioridad al 15 de mayo, fecha de entrada en vigor de esta norma, a las siguientes edades:
• 60 años si el trabajador relevista es contratado a jornada completa mediante un contrato de duración indefinida.
• 60 años y 6 meses si el trabajador relevista es contratado en otras condiciones.

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