.- Protección por cese de actividad de los autónomos.

El pleno del Congreso de los Diputados, del pasado 27 de mayo, aprobó el proyecto de ley que establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos, que ahora pasará a tramitarse en el Senado. Esta nueva cobertura, ampliamente demandada por el colectivo de trabajadores autónomos, ya fue comentada en nuestros "Apuntes" del pasado mes de septiembre.

El Congreso de los Diputados, aprobó por unanimidad, el dictamen del Proyecto de Ley por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos y elevó hasta 12 meses la duración de las ayudas, mientras que la cotización para sustentarlas se ve aumentada del 1,8%, inicialmente previsto, al 2,2%.

Dada la importancia de la norma, comentamos brevemente las modificaciones que se han realizado sobre el proyecto de ley inicial. Teniendo en cuenta que la ley que se apruebe entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, próximamente analizaremos detalladamente el contenido de esta nueva normativa.

La duración de la protección estará en función de los periodos de cotización efectuados dentro de los 36 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los que al menos 12 meses deben ser continuados e inmediatamente anteriores a dicha situación de cese, de acuerdo a la siguiente escala:

Ver escala en formato pdf.

En los casos de trabajadores autónomos de entre 60 a 64 años, se incrementa la duración de la prestación, que será la que se indica en la siguiente tabla:

Ver tabla en formato pdf.

Tal y como ya se había reflejado en el Proyecto de Ley inicial, la cuantía del subsidio, durante todo su periodo de disfrute, será el del 70% de la base por la que venía cotizando durante los doce meses anteriores a la situación legal de cese.

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