En una Sentencia de la Audiencia Nacional, número 728/2012 de fecha 23 de febrero de 2012, se analiza la deducibilidad en el Impuesto sobre Sociedades de los gastos generales que son objeto de reparto por parte de la entidad matriz entre todas las entidades filiales.
Uno de los criterios mantenidos a los efectos de refacturar costes generales soportados por la matriz entre entidades vinculadas ha sido imputarlos en función de unos criterios racionales (cifra de negocios, horas de dedicación, habitaciones hoteleras, etc.). Pues bien a través de la Sentencia referenciada, la Audiencia Nacional establece que dichos criterios aún y cuando puedan ser aceptables, deben superar un análisis previo: la correlación entre coste soportado por la filial respecto del servicio recibido.
Es destacable que en dicha Sentencia, no se cuestiona la valoración y racionalidad del reparto de costes matriz/filial, sino que se centra en resolver la cuestión atendiendo a "la efectividad del servicio". En definitiva: ni se cuestiona la contabilización del gasto ni la razonabilidad del gasto globalmente calculado sino la exacta correlación entre el servicio prestado y el coste real del mismo.
Así, puesto que la Sociedad no demuestra suficientemente, a juicio del alto tribunal, la individualización de los gastos objeto de revisión y, por ende, el nexo entre el servicio prestado y su coste real, acuerda desestimar el recurso y confirmar la resolución adoptada por la Inspección de los Tributos.
Si bien la Sentencia se refiere a la normativa vigente hasta 2007, los criterios expuestos serán plenamente aplicables a los supuestos actuales, máxime cuando la norma vigente también requiere que el destinatario pruebe que los servicios intragrupo son reales y que generan un beneficio a su actividad.