Las consultas de Tributos impiden recurrir a Hacienda

La Inspección de Hacienda no puede recurrir ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (Tear) correspondiente un acto de liquidación si ya existen contestaciones a consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos sobre la materia, según establece el Tribunal Económico-Administrativo Central (Teac) en resolución de unificación de doctrina, de 15 de diciembre de 2015.

La Sala, no obstante, defiende que, a pesar de las contestaciones vinculantes de Tributos, no se apreciara por la Inspección entre el supuesto planteado en la consulta y el regularizado identidad sustancial; o que existiera una doctrina distinta del Tribunal Central, que es la que prevalecería sobre la de las consultas.

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