No deducibilidad de los intereses de demora. La plusvalía municipal puede ser impgnada. Plan anual de control tributario y aduanero.

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  1. La AEAt mantiene la no deducibilidad de los intereses de demora
  2. Límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamientos o fraccionamientos de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponda a las Comunidades Autónomas
  3. La plusvalía municipal puede ser impugnada
  4. Información a incluir en la memoria en relación con el período medio de pago a proveedores en operaciones comerciales
  5. Comunicación al ICAC de Cuentas Anuales depositadas fuera de plazo
  6. Plan Anual de control tributario y aduanero
  7. Disposiciones publicadas durante los meses de Febrero y Marzo de 2016
  8. Calendario Fiscal para el mes de Abril de 2016
  9. Apuntes sobre la actualidad fiscal. Disposiciones autonómicas.
Aviso importante

Las informaciones sobre materia tributaria contenidas en la presente circular se refieren a la normativa aplicable en Territorio Común, que puede y suele diferir, a veces notablemente, de la normativa aplicable en los Territorios Históricos de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya y en la Comunidad Foral de Navarra. Por ello, si Ud. esta sujeto a obligaciones fiscales con distintas Administraciones, o simplemente está interesado en conocer las diversas normativas, diríjase directamente a SBAL IMPUESTOS, S.A. donde le atenderemos gustosamente.

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