62.000 empresas deberán informar del IVA en tiempo real desde el 1 de julio

El próximo 1 de julio entra en vigor el nuevo IVA, que obliga a cerca de 62.000 empresas a informar a Hacienda en tiempo real. Así lo establece la Orden que desarrolla el Suministro Inmediato de Información (SII), que se ha publicado en el BOE tras un periodo de tres meses en consulta pública, y que incluye una importante novedad: las empresas dispondrán de cuatro días más de plazo para remitir a la Agencia Tributaria (AEAT) la información de sus operaciones si lo estiman necesario “por razones de carácter técnico”, con lo que este año dispondrán de hasta 12 días y, de 2018 en adelante, de hasta ocho.

“En aquellos supuestos en que por razones de carácter técnico no fuera posible efectuar el suministro por Internet en el plazo establecido reglamentariamente para cada registro de facturación, o cuando este suministro no pudiera completarse porque no fuera posible realizar la consulta de los registros de facturación previamente suministrados, dicho suministro podrá efectuarse durante los cuatro días naturales siguientes al de finalización de dicho plazo”, establece la Orden en su artículo 7.

De esta forma, no se amplía el plazo de entrada en vigor de la norma a enero de 2018, como exigían las grandes empresas (ver EXPANSIÓN del 7 de abril), pero sí se les otorgan cuatro más días para remitir la información a sumar desde los ocho previstos para este año y los cuatro a partir de 2018.

La Orden también incluye una novedad que había apuntado la AEAT en la información que ofrece en la web sobre el SII: los operadores acogidos al registro de devolución mensual quedan liberados de presentar la información del semestre que se exige al resto, dado que ya vienen presentando el Modelo 340 del registro de facturas. De esta forma, la retroactividad de la norma este año, por la que las empresas también deberán remitir toda la información de las operaciones realizadas entre enero y junio dentro del SII –aunque no con los requisitos formales del SII sino la información en bruto–, no afecta a este colectivo.

El objetivo del sistema es que exista una relación entre el contribuyente y la Administración automatizada e instantánea con el fin de incrementar los controles del fraude en el IVA y, en el medio y largo plazo, agilizar la declaración. En el corto plazo, las empresas van a sufrir un notable incremento de cargas administrativas, según han denunciado las compañías y el Consejo de Estado.

El SII consiste en el envío electrónico en tiempo real de todas las operaciones (no la factura propiamente dicha), que deben figurar en los Libros Registro del IVA (facturas y tiques expedidos y recibidos), con el importe total de la operación, tipo de factura, identificación fiscal, objeto y destinatario. El colectivo incluido obligatoriamente está integrado por unas 62.000 empresas que representan, aproximadamente, el 80% de la facturación empresarial. Están incluidos los inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (Redeme), las grandes empresas –las que tienen una facturación anual superior a seis millones de euros– y los grupos de IVA. Sin embargo, cualquier contribuyente podrá optar al sistema voluntariamente.

Las sanciones por no suministrar la información rondarán desde los 300 euros a los 6.000 euros por trimestre, al margen de otras sanciones como una multa proporcional del 1% de la cifra de negocios en el ejercicio.

El impacto económico del SII se estima en 700 millones de euros, repartido por igual entre 2017 y 2018. El Gobierno ha trasladado a Bruselas en el Plan Presupuestario de 2017 que “una estimación conservadora del efecto recaudatorio del nuevo sistema sería que la recaudación voluntaria se vería incrementada de manera estructural en torno a 700 millones de euros anuales. Al iniciarse el 1 de julio de 2017, el impacto recaudatorio sería de 350 millones de euros diferenciales en 2017 y otros 350 en 2018”.

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