Mediante el Real Decreto 529/2017 publicado en el BOE del día 27 de mayo, se modifica el Reglamento del IVA siendo las principales modificaciones las que señalamos a continuación:
Baja extraordinaria en el registro de devoluciónmensual y renuncia extraordinaria a la aplicación del régimen especial del grupode entidades durante el año 2017.
Los sujetos pasivos inscritos en el registro de devolución mensual podrán solicitar la baja voluntaria en el mismo.
En el caso de entidades acogidas al régimen especial del grupo de entidades, la solicitud de baja se presentará por la entidad dominante y habrá de referirse a la totalidad de las entidades del grupo que apliquen el régimen especial.
La solicitud de baja y la renuncia establecidas en los párrafos anteriores podrán efectuarse hasta el día 15 de junio de 2017 y con efectos de 1 de julio de ese año.
Opción por llevar los libros registros a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por lossujetos pasivos acogidos al régimen simplificado para el año 2017
Los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado no podrán optar por llevar los libros registro a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con efectos para el año 2017.