En relación al modelo 303, está previsto que se amplíe para los empresarios que utilicen el SII hasta los treinta primeros días naturales del mes siguiente al correspondiente período de liquidación mensual, o hasta el último día del mes de febrero en el caso de la declaración-liquidación correspondiente al mes de enero.
Asimismo, la aprobación de este sistema supondrá la dispensa de presentación de los modelos 340 o 347 y del 390.