En el BOE del pasado 23 de enero se publicó la Resolución de 8 de enero de 2018, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2018.
Las directrices generales del Plan de Control Tributario y Aduanero de 2018 contienen una referencia concreta a las líneas de actuación de prevención y control del fraude que se consideran más relevantes. Estas directrices giran en torno a cuatro grandes pilares:
La prevención del fraude. Información y asistencia.
La Agencia Tributaria pretende desarrollar un nuevo modelo de asistencia al contribuyente, que se materializará en las siguientes actuaciones:
a) Se impulsarán los canales de asistencia al contribuyente por medios electrónicos y telefónicos, así como la utilización de los programas de ayuda para la confección de declaraciones y de los medios de identificación (certificado electrónico, Cl@ve PIN, número de referencia, CSV, etc.) que facilitan y agilizan los trámites del contribuyente con la Agencia Tributaria.
b) Se incorporarán nuevas herramientas de asistencia, como el Asistente virtual, que ofrece una respuesta inmediata a las dudas sobre un impuesto determinado, permite agilizar la comunicación con los contribuyentes y ofrece una mayor homogeneidad en la asistencia.
c) Se prestará asistencia a los contribuyentes acogidos al Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII). La implantación del nuevo sistema de gestión del IVA, basado en la llevanza de los libros registro en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, supone una mejora sustancial en la comunicación entre la Administración y los contribuyentes al permitir una relación bidireccional, automatizada e instantánea. A su vez, se configura como una novedosa herramienta, tanto de asistencia al contribuyente, como de mejora y eficiencia en el control tributario.
d) Asistencia en la campaña de Renta. En la campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2017, se continuará utilizando la Renta WEB como sistema único de tramitación de la Renta, manteniendo la excepción de los programas de ayuda ajenos a la Agencia Tributaria. Se seguirá impulsando la utilización del sistema de Renta WEB Telefónica, realizando llamadas salientes para la confección de declaraciones, previa concertación con el contribuyente del día y la hora.
e) Se potenciará y mejorará la aplicación móvil «Agencia Tributaria», ofreciendo nuevos servicios personalizados al contribuyente.
f) Se seguirá manteniendo la inclusión de avisos, en el documento de datos fiscales del IRPF, sobre todas aquellas fuentes de renta de que se tenga conocimiento con el fin de impulsar el cumplimiento voluntario.
g) Se impulsará el sistema de autocorrección de declaraciones de IRPF con solicitud de devolución, el cual permite al contribuyente corregir la declaración y anticipar así el cobro de la devolución.
La investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero.
La información recibida por la Agencia Tributaria se ha incrementado exponencialmente en el segundo semestre del año 2017 como consecuencia de la puesta en funcionamiento de dos proyectos de distinto origen y naturaleza:
- La incorporación a las bases de datos de la Administración Tributaria, desde el 1 de julio de 2017, de un importante volumen de información de toda la facturación emitida y recibida por las entidades integradas en el Suministro Inmediato de Información (SII).
- La recepción de información de cuentas financieras titularidad de residentes en España procedente de un número muy significativo de jurisdicciones, en el marco del proyecto CRS («Common Reporting Standard»), desarrollado por la OCDE e impulsado por el Foro Global de Transparencia e Intercambio de Información.
La trascendencia de la información suministrada y de las obligaciones asumidas, tanto por las instituciones financieras como por las distintas jurisdicciones implicadas en estos procesos, va a llevar necesariamente a que, en el año 2018, se desarrollen, en el seno de la Administración Tributaria, importantes trabajos de análisis y optimización de la información obtenida de forma que la transparencia que busca esta medida se convierta en una realidad y todo ello conlleve la existencia de una situación real de mayor dificultad para la ocultación de activos, así como un medio adicional que permita garantizar la correcta tributación y declaración de las rentas procedentes de los diferentes activos financieros situados en el exterior.
Por lo que se refiere a los grupos multinacionales, la información disponible se incrementará a lo largo del año 2018 como consecuencia del intercambio de información denominado «Informe País por País». Dicho «Informe», que recoge las magnitudes esenciales de la actividad de los grandes grupos multinacionales en todos los territorios en los que operan, será objeto de intercambio a partir del mes de junio de 2018, lo que permitirá, a partir de esa fecha, optimizar los trabajos de análisis de riesgo dirigidos a la detección de prácticas de erosión fiscal que deban ser combatidas de acuerdo con los nuevos estándares internacionales derivados del proyecto BEPS («Base Erosion and Profit Shifting»).
El control del fraude en fase recaudatoria.
A lo largo de 2018, se continuará haciendo hincapié en aquellas medidas y actuaciones que se han revelado como eficaces en años anteriores. En su caso, ante posibles modificaciones normativas que podrían entrar en vigor a lo largo de 2018, se procederá a adaptarlas a dichas novedades.
Se pretende, por tanto, adoptar una perspectiva más amplia de la gestión recaudatoria, de manera que, al definir las actuaciones a realizar, se tenga en cuenta el efecto inducido de la recaudación en el ámbito tributario. No cabe duda de que una recaudación ejecutiva exigente no sólo supone un incremento en la eficacia cobratoria de deuda ingresada, sino que, además, incide positivamente a medio y largo plazo en el cumplimiento espontáneo por los contribuyentes de sus obligaciones tributarias, coadyuvando así a la lucha contra el fraude fiscal y facilitando también la labor de las áreas liquidadoras de la Agencia Tributaria.
La colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones Tributarias de las Comunidades Autónomas.
Continuarán los intercambios de información sobre los datos censales más relevantes de los obligados tributarios a través del Censo Único Compartido, base de datos consolidada de información censal obtenida por las Administraciones Tributarias autonómicas y estatal.
Además de estos intercambios de información generales, se potenciarán los intercambios de información específicos sobre determinados hechos, operaciones, valores, bienes o rentas con trascendencia tributaria que resulten relevantes para la gestión tributaria de cualquiera de las Administraciones, especialmente para la lucha contra el fraude. En particular, durante 2018, se intensificará el intercambio de información para la mejora de la gestión recaudatoria de los importes adeudados a las Administraciones Tributarias.