El pasado día 13 de marzo se ha publicado la Orden HAC/277/2019 por la que se aprueban los modelos de declaración del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio de 2018.
En dicho modelo se recogen las pocas novedades normativas de 2018 como los nuevos impuestos negativos -guardería, cónyuge discapacitado o incremento de la deducción por familia numerosa-, aumento de la reducción por rendimientos del trabajo, nuevos gastos deducibles en actividades económicas -cuando se ejerce la actividad en la vivienda habitual o por gastos de manutención en el desarrollo de la actividad- o la deducción cuando algún miembro de la unidad familiar reside en la UE o en el Espacio Económico Europeo.
En cuanto a la gestión del impuesto, resaltar que el número de referencia se obtendrá con el NIF, la fecha de caducidad del DNI -si es perpetuo se utiliza la de expedición- y la casilla 475 de Renta 2017, y que desaparece la posibilidad de obtener la declaración en papel impreso si bien, si sale a ingresar, se podrá efectuar el pago en una entidad colaboradora con un documento de ingreso que se podrá imprimir.
El plazo general de presentación de declaraciones de Renta y Patrimonio irá desde el 2 de abril hasta el 1 de julio, teniendo de fecha tope, para domiciliar el pago de declaraciones a ingresar, hasta el 26 de junio.