Batuz: qué es, detalles y calendario de aplicación

¿Qué es Batuz y cómo se relaciona con Ticket BAI?

Batuz es la iniciativa de la Hacienda Foral de Bizkaia basada en el uso de nuevas tecnologías para luchar contra el fraude fiscal. Su aplicación obligará a todas las personas que realicen actividades económicas en Bizkaia a facturar con un sistema adaptado a Ticket BAI, es decir, a un software de facturación que cumpla con una serie de requisitos de transparencia.

Batuz se sostiene sobre 3 grandes iniciativas: 

  • Ticket BAI, el sistema de control de la facturación elaborado en colaboración con las haciendas forales de Álava, Guipúzcoa y el Departamento de Hacienda del Gobierno Vasco, a imagen de otros sistemas ya implantados en Europa y reocmendados por la OCDE. Su implantación garantizará que todo ticket de compra se declare.
  • Los modelos 140 y 240, que permiten que toda esta información llegue a Hacienda.
  • Y la elaboración de borradores para autónomos y empresas por parte de Hacienda.

De acuerdo con los datos de inspecciones recientes a empresas con indicios de fraude, hasta un 20% de sus ventas no es declarado, algo que con la llegada de Batuz será mucho más controlable, junto con el control del software de doble uso, la doble contabilidad o la contabilidad B, el falseamiento de facturas, etc.

Calendario de aplicación de Batuz

Existen dos hitos agendados para la implantación de Batuz:

  • 1 de julio de 2020: inicio del periodo de adaptación voluntaria en empresas y trabajadores autónomos. Los que decidan acogerse a esta adaptación dispondrán de deducciones sobre el coste asumido.
  • 1 de enero de 2021 adopción obligatoria a todas las personas que realicen actividades económicas en Bizkaia, sean empresas o trabajadores autónomos, de cualquier sector. Todas las facturas deberán emitirse con un software que cumpla los criterios de Ticket BAI.

Cuánto cuesta adaptarse a Batuz y deducciones para la adaptación voluntaria

Para adaptarse a Batuz será necesario contar con:

  • Software de facturación adaptado a Ticket BAI: las empresas y autónomos que ya disponen de software de facturación deberán asegurarse de su adaptación a Ticket BAI o bien renovarlo. En caso de que no dispongan del mismo será necesario adquirirlo, algo que supondrá un coste de difícil estimación, al depender de muchos factores (funcionalidades que incluya, etc).
  • Una impresora de tickets que incluya impresión de QR: es posible que ya se disponga de ellos, por lo que no supondrá un gasto. A modo orientativo, se sitúan entre los 50 y los 150 €.
  • Un TPV: en caso de no contar con uno, supone un gasto adicional variable, según las funcionalidades que incluya.

La inversión para adaptarse se compensará con deducciones fiscales del 30% de los gastos en los impuestos de la Renta o Sociedades. La adaptación a Batuz también contempla que los gastos sean deducibles, con lo cual según la Administración el contribuyente recuperará entre 50 y 79% de coste de adaptación total. Por ejemplo: en el caso de un autónomo que tributa en IRPF al 23%, y gasta 200€ en su adaptación, se le deducirán 46€ en gastos deducibles en su irpf (ya nos los asumirá) y otros 60€ de deducción de la cuota, por lo que el coste real que tenga que asumir será de 94€.

Es importante destacar que el acceso a las deducciones será únicamente para aquellos contribuyentes que se adelanten a la obligatoriedad y se adapten a lo largo de 2020. También saber que los contribuyentes que tienen muy pocas facturas, y no cuentan con software ni tpv de facturación, dispondrán de una aplicación gratuita de Hacienda, para generar facturas adaptadas a la normativa directamente desde su smartphone.

Cambios en el Modelo 140 y el nuevo Modelo 240

La llegada de Batuz impacta sobre el Modelo 140, conocido como Libro Registro de Operaciones Económicas, que desde el 2014 los contribuyentes ya están presentando anualmente en el mes de febrero con la información de sus gastos, operaciones, operaciones intracomunitarias, etc. Seguirá existiendo, pero con 2 cambios:

No será necesario tenerlo en ordenador local, la información se encontrará en la Sede Electrónica de la Diputación Foral Bizkaia, por tanto, será accesible desde cualquier lugar.

Pasará a presentarse cada 3 meses para que coincida con declaración impuesto valor añadido.

Además de estas modificaciones se implantará el nuevo Modelo 240, el Libro Registro de Operaciones Económicas aplicado a las empresas. Como el anterior, se llevará desde la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, y se presentará de forma diaria, mensual o trimestral según volumen de operaciones de la empresa.

Batuz abre el camino al borrador para empresas y autónomos

Con la aplicación de Batuz la Administración busca simplificar trámites al contribuyente y equiparar el servicio que se presta al trabajador por cuenta ajena -que ya recibe propuesta de declaración de impuestos- al de autónomos y empresas, que todavía no tienen esta prestación.

De esta forma, y a partir de la información que conste en los modelos 140 y 240, Hacienda podrá elaborar el borrador de declaración de impuestos principales de las personas con actividades económicas: todos los trabajadores por cuenta propia recibirán propuesta de declaración de IVA e IRPF, y todas las empresas recibirán propuesta de IVA e impuesto de sociedades. Los borradores se implantarán con el siguiente calendario:

  • Febrero de 2021: borrador IVA de autónomos e IVA mensual de empresas
  • Abril 2021: borrador del IVA trimestral
  • Abril-Junio 2021: borrador Renta autónomos (ejercicio 2020)
  • Julio 2022: borrador Impuesto Sociedades (ejercicio de 2021)

Sanciones a partir de 20.000€

Tal y como ha informado la Diputación Foral de Bizkaia, las sanciones por incumplimiento o manipulación del software serán estrictas:

Incumplimiento de adaptación del software a Ticket BAI: 20% de la cifra de negocio con un mínimo de 20.000€, que puede llegar al 30% de la cifra de negocio con un mínimo de 40.000€ por repetición de la infracción.

Destrucción, manipulación del software o borrado de datos: 20% de la cifra de negocio con un mínimo de 40.000 euros. La reincidencia supondrá una sanción del 30% y un mínimo de 80.000 euros.

Las sanciones se aplicarán de la misma forma a las empresas que utilicen como a las que desarrollen software dirigido a cometer fraude.

Fuente: www.wolterskluwer.es

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