La reducción por alquiler de vivienda es aplicable con independencia de su calificación en la ley de arrendamientos urbanos; y el tribunal económico-administrativo central unifica criterio sobre la impugnación de las diligencias de embargo que afectan a terceros.
[Versión en PDF]- Recapitulación informativa de medidas tributarias, mercantiles y societarias adoptadas frente al COVID-19.
- La modificación de créditos hipotecarios que no sólo afectan al tipo de interés o al plazo de amortización está exenta de AJD.
- La reducción por el alquiler de vivienda es aplicable con independencia de su calificación en la ley.
- Regularización voluntaria de deudas tributarias mediante autoliquidación
- El tribunal económico administrativo central, unifica criterio sobre la impugnación de las diligencias de embargo que afectan a terceros.
- Campaña de la renta y patrimonio 2019: publicados en el BOE los modelos y el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos.
- Disposiciones publicadas durante el mes de marzo 2020.
- Disposiciones autonómicas y forales.
- Calendario fiscal para el mes de Abril 2020
Aviso importante
Las informaciones sobre materia tributaria contenidas en la presente circular se refieren a la normativa aplicable en Territorio Común, que puede y suele diferir, a veces notablemente, de la normativa aplicable en los Territorios Históricos de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya y en la Comunidad Foral de Navarra. Por ello, si Ud. esta sujeto a obligaciones fiscales con distintas Administraciones, o simplemente está interesado en conocer las diversas normativas, diríjase directamente a SBAL IMPUESTOS, S.A. donde le atenderemos gustosamente.