Impuesto a las grandes fortunas: hoy comienza el plazo para su liquidación

Desde hoy 1 de julio y hasta el día 31 de este mes se mantendrá abierto el plazo para pagar por primera vez el nuevo impuesto, que deberán abonar los patrimonios superiores a tres millones de euros a cierre de 2022.

Tras concluir ayer la Campaña de IRPF, el sistema tributario español está de estreno hoy día 1 de julio con la apertura del plazo para presentar la liquidación del nuevo impuesto de solidaridad de las grandes fortunas, el tributo aprobado a finales de 2022 por el Gobierno de coalición de PSOE y Unidas Podemos para, de facto, anular las bonificaciones aplicadas por varias comunidades autónomas en el Impuesto sobre Patrimonio en lo que supone una suerte de armonización del mismo a la hora de gravar a los grandes patrimonios.

El tributo, que no ha estado exento de polémica y cuya liquidación deberá presentarse a lo largo del mes de julio -el cierre del plazo es el 31 de este mes-, está diseñado a imagen y semejanza del Impuesto sobre Patrimonio, pero cuenta con una serie de peculiaridades que EXPANSIÓN explica a continuación:

-Umbral de tributación. Pese a que el primer tipo de la tarifa del impuesto, del 1,7%, gravará los patrimonios superiores a 3 millones de euros, hay que tener en cuenta que el tributo contempla una exención de 700.000 euros, por lo que en realidad el impuesto se empezará a aplicar a partir de los 3,7 millones de euros. Además, al igual que ocurre en el Impuesto sobre Patrimonio, los primeros 300.000 euros de la vivienda habitual tampoco se someten a tributación. Cabe recordar que la normativa estatal del Impuesto sobre Patrimonio establece los 700.000 euros como el umbral a partir del cual un contribuyente se ve afectado por dicho tributo (además de los 300.000 euros ya mencionados de la vivienda habitual).

-Tarifa. El impuesto establece una tarifa por tramos con la que se aplicará un tipo del 0% hasta los 3 millones de euros; del 1,7% a los patrimonios de entre 3 y 5 millones de euros; otro del 2,1% desde los 5 a los 10 millones, y un último tramo con un tipo del 3,5% para las fortunas que superen los 10 millones de euros.

-Devengo. Pese a que inicialmente el Gobierno presentó el impuesto para gravar los grandes patrimonios ya en 2023 y 2024, finalmente se aprobó antes de finalizar 2022 -en concreto el 29 de diciembre- con una redacción que establecía su aplicación sobre los patrimonios superiores a 3 millones de euros a cierre de dicho ejercicio.

De esta manera, la fecha de devengo del tributo será el 31 de diciembre de cada año mientras se mantenga en vigor y, por tanto, en esta primera liquidación el devengo se produjo el 31 de diciembre de 2022. El hecho de que el impuesto se tramitara en apenas mes y medio en el tramo final de 2022 y que finalmente se aprobara con aplicación en el mismo ejercicio, ha provocado críticas hacia el impuesto al considerar que en la práctica es como aplicarlo con retroactividad.

-Deducción de la cuota en Patrimonio. Ya que el nuevo tributo tiene en cuenta los mismos elementos que el de Patrimonio para establecer la base imponible, se establece un mecanismo para evitar la doble tributación que supondría gravar dos veces los mismos hechos imponibles. En concreto, la norma dispone que los contribuyentes afectados por el tributo de solidaridad podrán deducirse en el mismo la cuota abonada en Patrimonio a sus respectivas comunidades autónomas, razón por la que el nuevo tributo es visto con la intención de armonizar la tributación de Patrimonio entre comunidades y anular en la práctica las bonificaciones aplicadas por algunas comunidades autónomas.

-Comunidades afectadas. Precisamente dicha deducción es uno de los elementos clave en la configuración del gravamen, dando lugar a que los contribuyentes de cada comunidad autónoma se vean afectados de distinta forma en función de cómo se aplique en dicho territorio el Impuesto sobre Patrimonio.

Así, los contribuyentes de Andalucía y Madrid, las dos comunidades que bonifican Patrimonio en su totalidad, lo que en la práctica supone su eliminación, serán los más afectados por el nuevo impuesto, seguidas por Galicia, la otra autonomía que dispone una bonificación en Patrimonio, del 25% en 2022 y ya al 50% en 2023.

Fuente: www.expansion.es

 

 

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