El Tribunal Supremo en su Auto de 8 de noviembre de 2023, RCA/1634/2023, tras admitir tres recursos de casación preparados contra sentencias de la Audiencia Nacional que, cambiando su criterio anterior, confirman la negativa de la Agencia Tributaria a subsumir los gastos incurridos en el desarrollo de aplicaciones informáticas en el concepto de «ingeniería de procesos de producción» a efectos de la deducción por Innovación Tecnológica prevista en el artículo 35.2.b) 2º TRLIS (actual art. 35.2.b. 2º LIS de 2014), ha admitido el recurso de casación nº 1634/2023, preparado contra la Sentencia de la Audiencia Nacional de 30 de noviembre de 2022, rec.638/2019, “elevando el tiro” de los otros Autos y planteando una problemática procesal más amplia y compleja: la naturaleza procesal de los informes emitidos por funcionarios de la propia Administración actuante y la posibilidad de que éstos pueden contradecir informes emitidos por un Ministerio.
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