Como es sabido, cuando un contribuyente alquila una vivienda para que esta sea la vivienda habitual del inquilino, puede aplicar una reducción en su declaración de la renta del 50 por 100, con carácter general, para contratos de arrendamiento celebrados a partir del 26 de mayo de 2023 (en contratos anteriores a esta fecha la reducción es del 60%).
El criterio de la Administración tributaria siempre ha sido que este beneficio fiscal no puede aplicarse a los alquileres de temporada, incluyendo los alquileres a estudiantes durante el curso lectivo.
En la sentencia el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Recurso nº 15500/2023, de 28 de febrero de 2024, interpreta que se puede aplicar la reducción, aunque el alquiler sea de septiembre a junio, ya que los estudiantes utilizan el inmueble como vivienda habitual durante el curso universitario. Además, en muchos casos los estudiantes alquilan la vivienda durante sucesivos cursos lectivos.