Con efectos del 01-01-2025 se empezará a cotizar por los salarios que superen la base máxima de cotización por la llamada “cuota de solidaridad”
[Versión en PDF]- Protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar
- Tarjeta sanitaria virtual
- Cotización adicional de solidaridad en las retribuciones que superen la base máxima de cotización
- Acuerdo de reforma de las pensiones
- Tramitación automática de actuaciones de la T.G.S.S
- Convenios colectivos
Aviso importante
Las informaciones sobre materia tributaria contenidas en la presente circular se refieren a la normativa aplicable en Territorio Común, que puede y suele diferir, a veces notablemente, de la normativa aplicable en los Territorios Históricos de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya y en la Comunidad Foral de Navarra. Por ello, si Ud. esta sujeto a obligaciones fiscales con distintas Administraciones, o simplemente está interesado en conocer las diversas normativas, diríjase directamente a SBAL IMPUESTOS, S.A. donde le atenderemos gustosamente.