5.- Gestión colectiva de contrataciones en origen (GECCO) para 2025

El BOE del 28 de diciembre de 2024 publicó la Orden ISM/1488/2024, de 27 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2025.

La citada Orden introduce cambios como la modificación temporal de los contratos, pasando de ser por año natural a contabilizar el tiempo por fecha de inicio y finalización de este. Esta contratación podrá realizarse para cubrir puestos de naturaleza estacional o de temporada, a través de migración circular. Como en el año anterior, la orden prevé también la posibilidad de gestión colectiva de autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena a través de migración estable.

El programa GECCO contiene las normas necesarias para la contratación, con derechos y garantías, de miles de migrantes, muchos de ellos mujeres y pretende ser una herramienta útil para responder a las demandas del mercado laboral con responsabilidad y previsión, garantizando la mano de obra en sectores esenciales, al tiempo que ofrece oportunidades laborales y formación a las personas que vienen una vez regresan a sus lugares de origen.

Aunque el contenido de la orden es similar a la del ejercicio anterior se introducen, entre otras, las siguientes modificaciones:

  • Ajustes en los procedimientos administrativos y los plazos asociados a la tramitación de autorizaciones de residencia y trabajo.
  • Establecimiento de una metodología renovada para evaluar la situación nacional de empleo con el propósito de que las ofertas en origen no afecten negativamente al empleo local, mejorando la integración con los datos de ocupaciones en demanda.
  • Se fortalecen los mecanismos de seguimiento para garantizar que las personas trabajadoras extranjeras disfruten de condiciones laborales dignas, ajustadas a la legislación vigente.
  • Se otorga un papel más destacado a la formación de las personas trabajadoras contratadas en origen, promoviendo su cualificación y adaptabilidad a los sectores productivos de destino.
  • Se actualiza el listado de sectores, se introducen nuevos perfiles en demanda y se amplían las especificaciones sobre las condiciones de alojamiento para trabajos estacionales.

Autorizaciones de cuatro años con posibilidad de prórroga

Las personas participantes en el programa podrán obtener una autorización plurianual de cuatro años en la que podrán trabajar nueve meses por año natural. Sus titulares, una vez finalizada la prestación laboral, deberán regresar a su país de forma inmediata y acreditar dicho retorno en tiempo y forma, realizándose preferentemente de manera colectiva.  Para fomentar la estabilidad laboral, existe la posibilidad de prórroga de las autorizaciones de trabajo tras la finalización de su vigencia cuatrienal por iguales periodos, por medio de una solicitud del empleador, cumpliendo previamente una serie de condiciones.

Para participar en el programa, los empresarios deben garantizar la puesta un alojamiento adecuado a la persona trabajadora que reúna las condiciones previstas en la normativa en vigor, así como la organización de sus viajes, el cumplimiento del contrato y de las condiciones de trabajo.

A los trabajadores también se les exige una serie de requisitos, como el cumplimiento del compromiso de retorno o el no realizar actividades laborales para empresas o actividades distintas de aquellas para las que fue autorizado.

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