Aclaración por el TS del régimen de tributación de sociedades de nueva constitución hasta su inscripción en el Registro Mercantil y nuevos criterios jurisprudenciales
[Versión en PDF]- Desde el otorgamiento de la escritura de constitución de una sociedad hasta su inscripción en el Registro Mercantil no procede la sujeción de la entidad al Impuesto sobre Sociedades sino que sus socios deberán tributar mediante atribución de rentas en el IRPF.
- El Tribunal Económico Administrativo Central unifica criterio en torno al cómputo de la exención contenida en el artículo 7.P) LIRPF para el caso de las retribuciones no específicas
- El principio de regularización íntegra obliga a la Administración a tener en cuenta todos los elementos obtenidos en la comprobación de los ejercicios prescritos, ya sean favorables o desfavorables para el contribuyente, a la hora de regularizar los ejercicios no prescritos
- La entrada y registro de un inmueble sin previo aviso y la congelación de cuentas bancarias pueden ser contrarias al convenio europeo de derechos humanos
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- Un intento de reinversión frustrado no impide aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual
- El TEAC determina la competencia de los órganos de gestión tributaria para comprobar la correcta aplicación del régimen de estimación objetiva en IRPF. Unificación de criterio
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- Tributación en el IRPF por el alquiler de pisos turísticos
- Disposiciones publicadas durante los meses de julio y agosto de 2024
- Calendario Fiscal para el mes de septiembre de 2024
- Disposiciones autonómicas y forales
Aviso importante
Las informaciones sobre materia tributaria contenidas en la presente circular se refieren a la normativa aplicable en Territorio Común, que puede y suele diferir, a veces notablemente, de la normativa aplicable en los Territorios Históricos de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya y en la Comunidad Foral de Navarra. Por ello, si Ud. esta sujeto a obligaciones fiscales con distintas Administraciones, o simplemente está interesado en conocer las diversas normativas, diríjase directamente a SBAL IMPUESTOS, S.A. donde le atenderemos gustosamente.