Aplicación de los nuevos tipos impositivos de IVA

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  1. Novedades introducidas por el Real Decreto 20/2012.
  2. Aplicación de los nuevos tipos impositivos del Impuesto sobre el Valor Añadido en determinadas operaciones.
  3. Interpretación de la Dirección General de Tributos sobre la limitación a la deducibilidad de gastos financieros.
  4. Puede mantenerse la sanción cuando no se hayan ingresado retenciones aunque éstas no deban liquidarse para evitar un enriquecimiento injusto de la administración.
  5. Disposiciones publicadas durante los meses de junio, julio y agosto de 2012.
Aviso importante

Las informaciones sobre materia tributaria contenidas en la presente circular se refieren a la normativa aplicable en Territorio Común, que puede y suele diferir, a veces notablemente, de la normativa aplicable en los Territorios Históricos de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya y en la Comunidad Foral de Navarra. Por ello, si Ud. esta sujeto a obligaciones fiscales con distintas Administraciones, o simplemente está interesado en conocer las diversas normativas, diríjase directamente a SBAL IMPUESTOS, S.A. donde le atenderemos gustosamente.

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