La Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de empresas emergentes (conocida como la Ley de Startups) incluye en su Disposición Final Cuarta una bonificación para los trabajadores autónomos que sean socios efectivos de una empresa emergente, que posean el control efectivo, y que, al mismo tiempo, trabajen como empleados para otra sociedad. Esta bonificación busca incentivar la actividad empresarial de estos trabajadores autónomos y ayudar a aliviar su carga fiscal. En resumen, la nueva ley proporciona incentivos para apoyar la actividad empresarial y el emprendimiento en el sector de las empresas emergentes.
Se ha establecido una bonificación del 100% de la cuota correspondiente a la base mínima en cada momento, para aquellos socios autónomos de startups que trabajan en más de una actividad al mismo tiempo.
La bonificación puede ser recibida por los autónomos en situación de pluriactividad durante los primeros tres años después de darse de alta como consecuencia de su dedicación a la empresa emergente. Sin embargo, El cese de la situación de pluriactividad supone la extinción del incentivo y no podrá ser restablecida en el futuro.
Para que se aplique por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), debe presentar previamente una declaración responsable.