2.- Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas

En el BOE de 12 de junio se ha publicado la Orden HFP/587/2023, de 9 de junio, por la que se aprueba el modelo 718 «Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas», se determina el lugar, forma y plazos de su presentación, las condiciones y el procedimiento para su presentación.

Este impuesto se configura como un impuesto complementario del Impuesto sobre el Patrimonio, de carácter estatal, no susceptible de cesión a las Comunidades Autónomas, para gravar con una cuota adicional los patrimonios netos de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 de euros.

La entrada en vigor de esta Orden comienza al día siguiente de su publicación en el BOE y el plazo de presentación del modelo 718 tendrá lugar entre los días 1 y 31 de julio del año siguiente a la fecha de devengo del mismo, sin perjuicio del plazo para la domiciliación bancaria del pago de la deuda, en cuyo caso, el plazo de presentación finalizará el 26 de julio.

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