.- Deducción por alquiler: una novedad en la declaración de este año del IRPF.

Una de las novedades de la declaración del IRPF de este año consiste en la nueva deducción estatal por alquiler de vivienda habitual, que se suma a las ya existentes en algunas comunidades autónomas. Repasamos seguidamente cómo se establece esta deducción.

Contribuyentes a los que afecta. Afecta a los contribuyentes con base imponible (entendemos por tal la suma de la base imponible general y base imponible del ahorro antes de practicar las oportunas reducciones), inferior a 24.020 euros anuales que vivan en un inmueble alquilado.

Límite de la deducción. El límite de la deducción se establece en el 10,05 por 100 de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por el alquiler de la vivienda habitual y con un importe máximo de base para la deducción de 9.015 euros anuales. No obstante, la ayuda es progresiva, de tal forma que la deducción es menor cuanta mayor renta anual se perciba, siempre con el límite de los 24.020 euros. La deducción, por tanto, en el mejor de los casos alcanzará 906 euros (el resultado de multiplicar 9.015 euros por el 10,05%).

Deducciones específicas de las Comunidades Autónomas. A esta cantidad se le podrá añadir otro porcentaje si el contribuyente reside en alguna de las Comunidades que hayan establecido otra deducción adicional, que puede variar considerablemente entre unas Comunidades y otras.

Casos de exención de la renta recibida por el propietario. Conviene recordar que si el inquilino es menor de 35 años y su renta neta es superior a 7.236,60 euros (IPREM), la renta percibida por el propietario está exenta. Si el inquilino supera este límite de edad, el propietario tributará por el 50 por 100 de la renta percibida.
Controles de la Agencia Tributaria de las viviendas arrendadas. Debe tenerse presente que es obligatorio consignar en la declaración del IRPF las referencias catastrales de todos los bienes inmuebles urbanos, sin obviar ninguno, o tratar de hacer la ficción de que se trata de una segunda residencia ya que la Agencia Tributaria ha realizado a este respecto un gran rastreo, solicitando, entre otros datos, a las compañías eléctricas los datos de suministro anual de los contratantes y entidades que cobran las facturas de los inmuebles con el objetivo de detectar quién reside en las viviendas no declaradas como arrendadas por el propietario.

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