El Ministerio de Hacienda y Función Pública tiene previsto elevar a 50.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de las deudas tributarias.
El cambio, que ampliaría esta cantidad respecto a los actuales 30.000 euros en los que se encuentra este límite, figura en un proyecto de orden ministerial que Hacienda sacó a audiencia e información pública.
La orden explica que no se exigirán garantías para las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas cuando su importe en conjunto no exceda de 50.000 euros y se encuentren tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo de pago.
Para el cálculo del importe de deuda, se acumularán en el momento de la solicitud tanto las deudas a las que se refiera la propia solicitud como todas aquellas del mismo deudor para las que se haya solicitado y aún no se haya resuelto el aplazamiento o fraccionamiento, así como el importe de los vencimientos pendientes de ingreso de las deudas aplazadas o fraccionadas, salvo que estén debidamente garantizadas.
El objetivo de esta medida, cuya entrada en vigor el proyecto de orden prevé para el 15 de abril, es, según el Ministerio en el texto, "mantener la finalidad última de la exención prevista, otorgando facilidades al obligado al pago para el cumplimiento de sus obligaciones de derecho público ante sus dificultades económico-financieras de carácter transitorio y agilizando el procedimiento de gestión de estas solicitudes mediante el impulso de su gestión automatizada.