.- Medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal.

A través de un nuevo Real Decreto-ley publicado en el BOE del pasado día 31 de marzo y con entrada en vigor el día 1 de abril, el Gobierno toma una nueva iniciativa legislativa para paliar el impacto en la economía española de la evolución de la crisis económica global.
En dicho Real Decreto-ley 3/2009, se abordan regulaciones sectoriales en materia tributaria, financiera y concursal, que comentamos seguidamente.

Modificaciones tributarias

Modificación del tipo de interés legal del dinero. Con efectos desde el 1 de abril de 2009 se modifica el tipo de interés legal del dinero establecido por la Ley de Presupuestos para 2009 del 5,50 por 100, pasando a ser del 4 por 100.

Modificación del interés de demora. Con efectos desde el 1 de abril de 2009 se modifica el tipo de interés de demora recogido en la Ley General Tributaria y establecido por la Ley de Presupuestos para 2009 del 7 por 100, pasando a ser del 5 por 100.
Con ambas reducciones se acercan los tipos de interés a los existentes en los mercados financieros y ello va a suponer una reducción de prácticamente el 30 por 100 en los intereses de demora que deban pagar los contribuyentes que hayan solicitado un aplazamiento del pago de sus deudas tributarias.

Modificación de la vigencia de la deducción por I+D e IT. Con el objeto de reafirmar una de las líneas estratégicas de impulso de la economía y de transición a un patrón de crecimiento más productivo y competitivo, se suprime el límite temporal de la deducibilidad de determinadas inversiones en I+D e IT, dotando a este tipo de actividades de mayor seguridad en la planificación de sus proyectos empresariales.
Asimismo se produce la supresión del mandato previsto para el último semestre del año 2011 al Ministerio de Economía y Hacienda, para la presentación al Gobierno de un estudio relativo a la eficacia de las diferentes ayudas e incentivos a las actividades de Investigación y Desarrollo e Innovación Tecnológica durante los años 2007 a 2011, y, en su caso, la adecuación de las mismas a las necesidades de la economía española, respetando la normativa comunitaria.

Novedades en los procedimientos concursales
Sin perjuicio de que en el futuro sea necesario revisar en profundidad la legislación concursal a la luz de la intensa experiencia vivida en los tribunales como consecuencia de la crisis, se acometen una serie de reformas en aquellos aspectos concretos cuyo tratamiento normativo se ha revelado más inconveniente.
Así, muchas de estas medidas se aplicarán no sólo a los procedimientos concursales que se declaren a partir de 1 de abril de 2009, sino también a los procedimientos concursales que se estén tramitando a dicha fecha.
Las medidas adoptadas en materia concursal afectan, entre otros aspectos a:
- la publicidad del concurso
- la administración concursal
- reintegración de la masa y acuerdos de refinanciación
- reconocimiento y subordinación de créditos
- convenio
- liquidación anticipada y
- normas procesales.

© Copyright 2024 | Aviso Legal | Política de cookies | Política de privacidad de redes sociales | Política de privacidad
Contáctanos