Circular Fiscal Septiembre 2008

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  1. Medidas para impulsar la actividad económica de las empresas.
  2. Una escritura pública no es documento justificativo suficiente para ejercitar el derecho a la deducción de las cuotas de I.V.A. soportado.
  3. Prueba suficiente de la deducibilidad de los gastos de un vehículo utilizado en la actividad, la contabilidad y declaraciones-liquidaciones presentadas por el contribuyente.
  4. Disposiciones publicadas durante los meses de junio, julio y agosto de 2008.
Aviso importante

Las informaciones sobre materia tributaria contenidas en la presente circular se refieren a la normativa aplicable en Territorio Común, que puede y suele diferir, a veces notablemente, de la normativa aplicable en los Territorios Históricos de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya y en la Comunidad Foral de Navarra. Por ello, si Ud. esta sujeto a obligaciones fiscales con distintas Administraciones, o simplemente está interesado en conocer las diversas normativas, diríjase directamente a SBAL IMPUESTOS, S.A. donde le atenderemos gustosamente.

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