.- Cálculo del importe neto de la cifra de negocios en una empresa constructora

Para determinar el importe neto de la cifra de negocios (determinante para calificar una empresa de reducida dimensión y por ende poder aplicar determinados beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sociedades), una empresa dedicada a la promoción y venta de inmuebles, deberá incluir en su cifra de ingresos los anticipos recibidos por sus clientes en el ejercicio. Así se establece en sentencia del T.S.J. de Andalucía de fecha 9 de junio de 2006.

En dicha Sentencia se establece que lo normal es que el volumen facturado coincida con el importe neto de la cifra de negocios pero que sin embargo, esta coincidencia no se produce en las empresas inmobiliarias, en las que las actividades de promoción, construcción y entrega se dilatan a lo largo de varios ejercicios, y, aunque los anticipos de clientes forman parte de la corriente ordinaria de ingresos y gastos, las ventas no se contabilizan hasta la entrega, con lo que dichos anticipos no se integran en la cifra de negocios del ejercicio en que se entrega el anticipo. Como consecuencia de esto, una misma empresa, que mantiene el volumen de facturación a lo largo de distintos ejercicios, no podrán disfrutar del beneficio previsto para las empresas de reducida dimensión en los ejercicios siguientes a la entrega de inmuebles.

Concluye dicha Sentencia que en el caso de las empresas promotoras la aplicación de un beneficio fiscal no puede depender del criterio adoptado por el ICAC discutido y discutible, debiéndose entender que aquí como en cualquier otra empresa, en las que las ventas o entregas se producen en el ejercicio, el importe neto de la cifra de negocios es el importe facturado en cada ejercicio (incluyéndose la facturación por los cobros a cuenta por anticipos de clientes).

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