La Ley 14/2009, de 11 de noviembre, por la que se regula el programa temporal de protección por desempleo e inserción, estableció que la duración del programa sería de 6 meses a contar desde el día 16 de agosto de 2009. Tras su finalización, el pasado 15 de febrero, y considerando que se dan las condiciones para su prórroga, el Gobierno ha considerado procedente establecer, mediante el Real Decreto 133/2010, de 12 de febrero, la prórroga del programa temporal de protección por desempleo e inserción por seis meses.
La prórroga del programa implica que a los trabajadores que extingan por agotamiento la prestación por desempleo contributiva o los subsidios por desempleo entre el día 16 de febrero de 2010 y el día 15 de agosto de 2010, ambos inclusive, les será de aplicación lo establecido en la Ley 14/2009, de 11 de noviembre, por la que se regula el programa temporal de protección por desempleo e inserción, a los trabajadores en situación de desempleo que cumplan las condiciones y requisitos establecidos en dicha ley.
Les recordamos que en los "Apuntes" del pasado mes de septiembre, comentamos de manera detallada las características y requisitos de esta prestación.