La Resolución de 27 de marzo de 2014, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, ha establecido que desde el pasado 11 de abril todos los actos del procedimiento administrativo de aplazamiento del pago de deudas con la Seguridad Social emitidos por la Tesorería General de Seguridad Social (TGSS), dirigidos a los sujetos responsables a los que se refiere el artículo 3.2 de la Orden ESS/485/2013, de 26 de marzo, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social, una vez que queden inicialmente obligados, así como a las personas, físicas o jurídicas, o entes sin personalidad jurídica que opten por esa forma de notificación y a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, se notificarán o comunicarán a través del sistema de notificación electrónica, mediante comparecencia en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social.
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