.- Reforma laboral.

La Comisión de Trabajo e Inmigración del Senado aprobó, el pasado 25 de agosto, el proyecto de ley de reforma laboral.

El Senado ha incorporado una serie de enmiendas al texto, entre las que se encuentra reducir de 100 a 30 días el plazo que los desempleados tienen para rechazar cursos de formación sin ser penalizados.

Otras de las enmiendas también introducidas por los grupos parlamentarios, son las siguientes:
- En el caso de desempleo parcial el paro cobrado se calcule por horas y no por días, de forma que el porcentaje de la prestación consumido sea equivalente al de reducción de jornada.
- Restringir la conversión automática de trabajadores temporales en indefinidos, cuando éstos hayan realizado "idéntica actividad y en el mismo puesto" con contratos encadenados durante tres años, ampliables a otro más.
- Eliminar como causa legal de despido que el absentismo laboral global de una empresa llegue al 2,5%.
- Elevar a dos meses el plazo en el que es obligatorio cubrir la extinción de los contratos fijos para las empresas que estén acogidas a bonificaciones en el pago de cuotas a la Seguridad Social por la contratación indefinida.

El proyecto de ley volverá, ahora, al Congreso de los Diputados, donde, previsiblemente, se aprobará de manera definitiva.

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