El salario mínimo interprofesional se incrementa para 2020 hasta los 950 € mensuales.
[Versión en PDF]- Salario mínimo interprofesional para 2020.
- A la finalización de los contratos de interinidad no hay que abonar indemnización: unificación de doctrina.
- Baja por recaída en una incapacidad temporal, tras agotar el período máximo de dieciocho meses.
- Relación laboral entre un profesor y una academia de formación
- Convenios Colectivos
Aviso importante
Las informaciones sobre materia tributaria contenidas en la presente circular se refieren a la normativa aplicable en Territorio Común, que puede y suele diferir, a veces notablemente, de la normativa aplicable en los Territorios Históricos de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya y en la Comunidad Foral de Navarra. Por ello, si Ud. esta sujeto a obligaciones fiscales con distintas Administraciones, o simplemente está interesado en conocer las diversas normativas, diríjase directamente a SBAL IMPUESTOS, S.A. donde le atenderemos gustosamente.