El tribunal Constitucional avala el despido por absentismo, intermitente aunque justificado

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  1. Las indemnizaciones por cese de altos directivos están exentas de tributación en el IRPF.
  2. Las medidas recogidas en el plan de igualdad de la empresa usuaria tiene que ser también de aplicación a los trabajadores puestos a disposición a través de una ETT.
  3. Reconocimiento médico obligatorio para determinados puestos de trabajo.
  4. Cesión de los derechos de imagen en los contratos de trabajo.
  5. El despido por ausencias justificadas es constitucional.
  6. Convenio Colectivo
Aviso importante

Las informaciones sobre materia tributaria contenidas en la presente circular se refieren a la normativa aplicable en Territorio Común, que puede y suele diferir, a veces notablemente, de la normativa aplicable en los Territorios Históricos de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya y en la Comunidad Foral de Navarra. Por ello, si Ud. esta sujeto a obligaciones fiscales con distintas Administraciones, o simplemente está interesado en conocer las diversas normativas, diríjase directamente a SBAL IMPUESTOS, S.A. donde le atenderemos gustosamente.

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