1.- Procedimiento de valoración de puestos de trabajo

Con fecha 3 de noviembre de 2022 se ha publicado la Orden PCM/1047/2022, de 1 de noviembre, por la que se aprueba y publica el procedimiento de valoración de los puestos de trabajo previsto en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

En el mencionado Decreto, para garantizar el principio de transparencia retributiva, se estableció la obligación de adoptar un procedimiento de valoración de puestos de trabajo. Con el fin de facilitar el cumplimiento de la obligación, el Ministerio de Trabajo y Economía Social, junto con el Instituto de las Mujeres (adscrito al Ministerio de Igualdad) e interlocutores privados, han participado en el desarrollo de una herramienta informática que implementará el procedimiento de valoración de puestos de trabajo, tal y como se hizo con la herramienta de igualdad retributiva (IR!).

Esta herramienta será publicada en las páginas web del Ministerio de Trabajo y de Economía Social y del Instituto de las Mujeres y, además, se publicará una Guía de uso de la herramienta.

La Orden también dispone que el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Ministerio de Igualdad, a través del Instituto de las Mujeres y organizaciones sindicales y empresariales más representativas, realizarán el seguimiento de la implementación de la herramienta de valoración de los puestos de trabajo, así como de la herramienta de igualdad retributiva (IR!).

La implementación del procedimiento por parte de las empresas será de carácter voluntario y se efectuará a través de la herramienta elaborada con el fin de evaluar la contribución de cada puesto de trabajo al conjunto de la organización. Sin embargo, cabe decir que, si la valoración de los puestos de trabajo se lleva a cabo con la mencionada herramienta, se entenderá que reúne todos los requisitos formales exigidos.

© Copyright 2024 | Aviso Legal | Política de cookies | Política de privacidad de redes sociales | Política de privacidad
Contáctanos