1.- Inconstitucionalidad y nulidad de la disposición adicional primera del Real Decreto-Ley 12/2012 que reguló la declaración tributaria especial (DTE)

Con fecha 8 de junio de 2017, ha sido publicada una Sentencia del Tribunal Constitucional (Rec. Inconstitucionalidad Nº 3856-2012) que declara la inconstitucional y nulidad de la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 12/2012 que reguló la Declaración Tributaria Especial (DTE).

La sentencia declara la inconstitucionalidad de la norma por infringir el principio de reserva de ley, al utilizar el Real Decreto-ley para aprobar una medida tributaria que afecta de manera relevante o sustancial al deber constitucional, de todos, de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos.

Sin embargo, sobre el alcance de la misma, precisa que no serán revisables, como consecuencia de la nulidad de la norma, las situaciones jurídico-tributarias firmes.

Como el principal efecto que tuvo esta regularización tributaria especial (DTE) fue "sanar" el IRPF o el Impuesto sobre Sociedades de 2008, 2009 y 2010, incluso cerrar la posibilidad de que se apreciase delito fiscal en 2007, ejercicios en general prescritos hace tiempo, y la misma DTE no era revisable, la trascendencia práctica será muy limitada.

Pudiera incidir en esos ejercicios e impuestos si en algún caso no hubieran adquirido firmeza por haberse interrumpido la prescripción por el contribuyente o por actuaciones administrativas.

Por otra parte, podría pensarse sobre su incidencia a la hora de considerar, como "renta declarada" lo reflejado en la DTE a los efectos de que no pueda considerarse que existen ganancias patrimoniales no justificadas, relacionadas con la no declaración en plazo de bienes y derechos en el extranjero, modelo 720, cuando los elementos patrimoniales se hubieran incluido en la DTE. En este caso parece que tampoco debe de tener consecuencias por los propios términos de la sentencia

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