La no convalidación del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, denominado como “Ómnibus”, que entró en vigor el pasado 25 de diciembre y por el que se adoptaban una serie de medidas en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogaban otras para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, comporta la pérdida de vigencia, entre otras de las siguientes normas fiscales.
- la prórroga de las deducciones de gastos relacionados con el vehículo eléctrico y obras de eficiencia energética de viviendas en el IRPF;
- la prórroga de la libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables en el Impuesto sobre Sociedades,
- los importes máximos de los coeficientes en el IIVTNU;
- el aplazamiento de la entrada en vigor del nuevo Impuesto sobre los Líquidos de Cigarrillos Electrónicos y otros Productos relacionados con el Tabaco al 1 de abril de 2025;
- ajustes técnicos en los aspectos temporales del Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras; y la prórroga para el período impositivo 2025 de los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva (con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales), así como los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el IVA.