Obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero e instrumentos de asistencia mutua
[Versión en PDF]- Obligación de informar acerca de cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero (nuevo artículo 42 bis del Real Decreto 1068/2007).
- Obligación de información sobre valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero (nuevo artículo 42 ter del Real Decreto 1068/2007).
- Obligación de informar sobre bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero (nuevo artículo 54 bis del Real Decreto 1068/2007).
- Asistencia mutua y procedimientos amistosos.