La Resolución de 8 de abril de 2019, de la Secretaría de Estado de Empleo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de abril de 2019, por el que se aprueba el Plan Reincorpora-t, Plan trienal para prevenir y reducir el Desempleo de Larga Duración 2019-2021 fue publicada en el BOE de 9 de abril.
OBJETIVOS DEL PLAN
Los objetivos de este plan, dirigido a las personas en situación de desempleo de larga duración y a las especialmente vulnerables ante el empleo, son:
1. Reducir significativamente la tasa de paro entre los desempleados de larga duración.
2. Priorizar el principio de la «dignidad del trabajo».
3. Actualizar las competencias profesionales y tecnológicas para el empleo.
4. Sostenibilidad social y ambiental, la productividad y el valor añadido, que favorezca el crecimiento económico y la cohesión social.
5. Impulsar la continuidad del acompañamiento en las distintas transiciones de entrada y salida del mercado de trabajo para las personas vulnerables ante el empleo.
6. Prestar una atención adecuada e individualizada.
7. Reducir hasta eliminar la segregación horizontal y vertical y la brecha salarial por razón de género.
8. Atender de manera especializada e individualizada a colectivos especialmente vulnerables.
A través de este Plan, el Gobierno pretende:
- Realizar una apuesta por el crecimiento inteligente, sostenible e integrador recogido en la “Estrategia Europa 2020”, considerando y reconociendo, a través de las políticas activas de empleo, el potencial laboral de la población activa que queda relegada a situaciones de paro de larga duración o de precariedad laboral.
- Establecer mecanismos eficientes para la reincorporación al mercado de trabajo de las personas en situación de paro de larga duración que, por diferentes circunstancias, como reestructuraciones empresariales, cambios en el propio mercado de trabajo o como consecuencia de la incorporación de nuevas tecnologías e innovaciones a los procesos productivos, se encuentran con fuertes barreras de acceso a un nuevo empleo.
- Integrar en el mercado de trabajo a las personas excluidas y especialmente vulnerables, como parte de la lucha contra la exclusión social y el empobrecimiento de los hogares.
- Mejorar los diagnósticos de empleabilidad, de identificación y caracterización de situaciones de vulnerabilidad ante el empleo, para ofrecer el apoyo adecuado en recursos y necesidades de atención a cada persona desempleada partícipe del PLAN, así como facilitar en determinados casos la decisión personal de continuar en el mercado de trabajo o abandonarlo definitivamente por jubilación.
MEDIDAS ADOPTADAS
Para la consecución de estos objetivos, las medidas del plan se engloban en seis ejes de la siguiente manera:
1. Orientación: Un total de 16 medidas, entre las que se destaca la creación de la figura del orientador de referencia para ayudar a los desempleados a saber qué formación necesitan y qué habilidades tienen que desarrollar para incorporarse de nuevo al mercado de trabajo.
2. Formación: Siete medidas para mejorar la empleabilidad mediante el desarrollo de las competencias clave y digitales.
3. Oportunidades de Empleo: Conjunto de 23 medidas entre las que se destaca el incremento del crédito formativo para las empresas que se comprometan a incorporar alrededor de un 10% o más de plantilla de personas desempleadas de larga duración, con la obligación de tenerlos contratados como mínimo un año.
4. Igualdad: Establecimiento de medidas para disminuir la brecha laboral de género.
5. Emprendimiento: Medidas para promocionar el autoempleo.
Mejora del marco institucional: Medidas de coordinación entre las Administraciones
El PLAN prevé una especial atención para aquellos colectivos más vulnerables como son las mujeres, el medio rural, las personas con capacidades diferentes o las personas mayores de 45 años, sectores con mayor riesgo de exclusión o vulnerabilidad.
El plan incide mucho en la responsabilidad de las empresas para implementar medidas para hacer más atractiva la incorporación de personas desempleadas de larga duración, y ello a través de un plus de bonificación a la contratación, que ya se estableció en el pasado RD Ley 8/2019 (1.500 euros por la contratación de mujeres y 1.300 euros para la de hombres). También se establece un plus de bonificación del 5% en cuanto a la cantidad que les corresponda para la formación, a las empresas que se comprometan a incorporar alrededor de un 10% o más de plantilla de personas desempleadas de larga duración, con la obligación de tenerlos contratados como mínimo un año.
BENEFICIARIOS DEL PLAN
Este PLAN está dirigido a las personas paradas de larga duración (de 12 a 23 meses en desempleo) y de muy larga duración (24 meses y más en desempleo), inscritas en las oficinas públicas de empleo en búsqueda de una ocupación, así como aquellas personas que son potencialmente vulnerables por disponer de un empleo que no garantiza unos ingresos para llegar al umbral del SMI.
La intención es que a medida que avance el PLAN con la obtención de resultados tangibles, esta realidad servirá de estímulo para que las personas paradas de larga duración desanimadas y fuera del mercado de trabajo, procedan a inscribirse en las oficinas públicas de empleo a los efectos de recibir la atención y la ayuda correspondiente en su búsqueda activa de empleo.