2.- Ayudas para las Pymes industriales que implanten la jornada laboral de cuatro días

A través de la Fundación EOI, F.S.P., se ha aprobado la convocatoria para la concesión, de ayudas dirigidas al impulso de la mejora de la productividad, en pequeñas y medianas empresas industriales a través de proyectos piloto de reducción de la jornada laboral.

Beneficiarios

Sociedades que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, con personalidad jurídica propia legalmente constituidas en España y, debidamente inscritas en el registro correspondiente, que no formen parte del sector público y que desarrollen una actividad industrial.

Requisitos del proyecto piloto de reducción de la jornada laboral

Los proyectos piloto de innovación en materia de organización empresarial deben mejorar la productividad de Pymes industriales y abordar, entre otras, medidas destinadas a la reducción de las jornadas laborales sin merma salarial:

  • Reducción mínima del 10% de la jornada en cómputo semanal. Este compromiso se establecerá para una duración temporal mínima de dos años, computable desde la concesión de la ayuda, y afectará únicamente a personas trabajadoras con contrato indefinido a tiempo completo.
  • Garantizar que el número de mujeres participantes en el proyecto, responda al porcentaje de distribución de género existente en la totalidad de la plantilla con contrato indefinido a tiempo completo, permitiéndose una desviación del 10%. No obstante, este porcentaje de mujeres participantes podrá ser superior, pero no inferior.
  • La propuesta, del número de personas trabajadoras participantes en el proyecto piloto, realizada por la empresa debe afectar como mínimo a un porcentaje de la plantilla de la empresa o centro de trabajo, en función de su tamaño: para empresas o centros de trabajo de hasta 20 personas trabajadoras, al menos al 30% de las mismas; si se cuenta entre 21 y 249 personas trabajadoras, al menos al 25%.
  • Adoptar medidas organizativas o formativas para optimizar el tiempo de trabajo a implementar durante toda la duración del proyecto piloto, que redunden en la mejora de la productividad de la empresa.
  • Establecer indicadores que midan la mejora de la evolución de la productividad del trabajo en la empresa o centro de trabajo que serán evaluados periódicamente.
  • Los proyectos deben ser objeto de acuerdo con la representación legal de los trabajadores, con carácter previo a la solicitud de la ayuda. En caso de no existir representación legal, el acuerdo deberá alcanzarse con las organizaciones sindicales más representativas del sector correspondiente, empresa o bien mediante una comisión negociadora elegida por las personas trabajadoras.

Conceptos de gasto financiable

Tendrán la consideración de gastos subvencionables los que satisfechos por las empresas que se encuadren en alguna de las siguientes categorías:

  • Costes salariales del personal afectado por la reducción de la jornada laboral: gastos que debe soportar la empresa como consecuencia de la reducción de la jornada laboral durante el primer año, y que incluyen la parte proporcional de los costes brutos de empleo (sueldos y cotizaciones sociales) del personal de la empresa participante en el proyecto piloto y conforme a la descripción realizada en la solicitud y en la memoria del proyecto.
  • Gastos de contratación de los servicios de formación relativa a la optimización del tiempo de trabajo de los trabajadores afectados a la implementación del proyecto piloto.
  • Gastos de contratación de servicios externos de asesoramiento para el diseño o rediseño de procesos afectados por el proyecto piloto y directamente vinculados a la producción de bienes y servicios de la empresa, o costes de personal implicado en esas mismas funciones.
  • Gasto derivado de un informe realizado por un auditor, inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, cuyo importe máximo subvencionable no podrá exceder del 1% de la totalidad del presupuesto subvencionable del proyecto.

Los gastos subvencionables del proyecto piloto deberán realizarse en el plazo de doce meses a contar desde el día siguiente a la resolución de concesión, excepto el gasto derivado del informe de auditoría, que podrá realizarse dentro del plazo concedido para presentar la documentación justificativa.

Límites máximos de las ayudas

Se podrá financiar hasta el 90% sobre el presupuesto financiable (sin perjuicio de la normativa de mínimos, de modo que una única empresa no puede percibir más de 200.000 euros durante los tres últimos ejercicios fiscales). Por conceptos financiables, los importes máximos serán:

a) Por costes de personal afectado por la reducción de la jornada laboral durante el primer año:

  • Hasta 10 empleados en la empresa: 90% del gasto de personal soportado por la empresa como consecuencia de la reducción de la jornada durante el primer año.
  • Entre 11 y 52 personas en plantilla: 80% del gasto de personal soportado por la empresa como consecuencia de la reducción de la jornada durante el primer año.
  • Entre 53 y 249 personas en plantilla: 75% del gasto de personal soportado por la empresa como consecuencia de la reducción de la jornada durante el primer año.

Se establece un límite máximo subvencionable de 150.000 euros para gastos de personal afectado por reducción de jornada laboral.

b) Por costes de formación: hasta el 100% del gasto debidamente justificado.

c) Por costes de colaboraciones externas y personal interno: hasta el 80% del gasto debidamente justificado.

d) Por gastos de informe de auditor: hasta el 100% del gasto debidamente justificado, y teniendo en cuenta el límite antes citado.

El plazo finaliza un mes después de la publicación del extracto de la resolución en el BOE, es decir, el 15 de mayo de 2023 (el 14 es domingo).

 

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