Tras la sentencia emitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 14 de septiembre, asunto C-596/14, que estableció la obligación de indemnizar de igual manera a trabajadores temporales e indefinidos, comentada en nuestros apuntes del mes pasado, ya se ha producido el primer pronunciamiento de un tribunal nacional que aplica este nuevo criterio.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), mediante sentencia del pasado 18 de octubre, ha estimado el recurso de suplicación interpuesto por la trabajadora cesada y ha aumentado la indemnización a la que tiene derecho.
De este modo, la sentencia establece una indemnización de 20 días por año trabajado y no los 12 que pagó inicialmente la empresa demandada, pese a que considera que su contrato, de investigación, equivalente a un contrato para obra o servicio determinado, de más de tres años de duración, era de carácter temporal.