La AEAT en nota informativa de fecha 7 de enero de 2015 establece la sistemática para que los contribuyentes que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, puedan percibir anticipadamente y mensualmente el abono de las deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.
Este abono anticipado presenta las siguientes especialidades:
i. Se realiza mediante transferencia bancaria, previa solicitud a través de la presentación del formulario 143, que puede ser colectiva o individual.
ii. Si el abono anticipado no se corresponde con el importe de la deducción, se debe regularizar en la declaración correspondiente.
iii. La forma y plazos para solicitar el abono anticipado de las deducciones son:
a) Desde el 7 de enero:
Por vía electrónica, presentando una solicitud modelo 143 por cada una de las deducciones a que tenga derecho en Sede Electrónica de la Agencia Tributaria mediante DNI electrónico, certificado digital o clave PIN;
Por teléfono, en el número 901 200 345 aportando el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF de 2013.
b) Desde el 3 de febrero, presentando en cualquier oficina de la Agencia Tributaria el formulario que se debe cumplimentar e imprimir desde la página de Internet de la Agencia Tributaria. Una vez impreso, lo deben firmar todos los solicitantes.