Al deudor de buena fe se le perdonarán las deudas tras el proceso concursal

El Consejo de Ministros aprobará hoy el Real Decreto-ley de segunda oportunidad, cuyo objetivo es dar mayores facilidades a autónomos, familias y personas físicas endeudados de saldar sus deudas y reincorporarse al mundo laboral y empresarial. En concreto, se denomina de medidas urgentes de reducción de carga financiera y otras medidas de orden sociale incluye los asuntos avanzados en el Debate del Estado de la Nación (ver informaciones adjuntas). Pero el plato fuerte es la segunda oportunidad, que prevé la exoneración de las deudas que le queden al pequeño empresario o particular de buena fe una vez que acabe el concurso, norma que además permite por primera vez que las personas físicas se acojan al acuerdo extrajudicial de pagos. Economía ha liderado la redacción del texto, de la mano, sobre todo, de Justicia, pero también de Moncloa y Hacienda. Según el último borrador al que ha tenido acceso EXPANSIÓN, se han salvaguardado buena parte de los créditos de la banca y un mayor volumen de las deudas con Hacienda y la Seguridad Social.

El texto que finalmente se apruebe descafeinaría las pretensiones iniciales, como la del borrador que adelantó este diario el 5 de febrero, que preveía una exoneración del 100% de créditos con la banca si lo avalaba el juez y del 50% con los acreedores públicos. El Decreto entrará en vigor cuando se publique en el BOE, previsiblemente, el sábado, pero las mismas fuentes apuntan a que probablemente se tramite además como proyecto de ley.

El acuerdo extrajudicial de pagos será un procedimiento coordinado, transparente y reglado, que permitirá negociar de forma unificada y supervisada con los acreedores. El procedimiento será sencillo para los particulares, de forma que en plazos muy breves y con los menores costes administrativos puedan acordar quitas y aplazamientos.

Cuando los acuerdos no sean posibles, se habilitará en la Ley Concursal la posibilidad de que las personas naturales puedan liberar las deudas que queden impagadas tras ejecutar las garantías y sus bienes.

Además, según anunció el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en el Debate del Estado de la Nación el martes, se rebajarán los plazos de prescripción de las reclamaciones de la deuda, que en general quedan fijados en cinco años, en lugar de los veinte vigentes en el Código Civil desde 1889.

Dentro de las reformas que prevén facilitar la segunda oportunidad, el Ejecutivo reformará el Código de Buenas Prácticas bancarias, que prevé que las personas que se acojan se puedan beneficiar también de una inaplicación definitiva de las cláusulas suelo. Es decir, un colectivo necesitado quedará exento de estas cláusulas, que ahora no se aplican si el juez estipula que no son transparentes, según estableció el Supremo para adaptarse a una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE.

El Gobierno informa de que hasta ahora este Código ha permitido unas 12.000 reestructuraciones viables de deuda y 3.500 daciones en pago. Se aplica a familias en las que todos los miembros estén en paro, y para las que la cuota de la hipoteca representa más del 60% de los ingresos. La vivienda debe ser la única propiedad inmobiliaria y su valor no puede exceder de 200.000 euros en las grandes ciudades.

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