Bizkaia amplía los plazos para reinvertir en vivienda y el pago del Impuesto de Sociedades en las pequeñas empresas

El Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia, celebrado este martes, ha aprobado un nuevo conjunto de medidas tributarias extraordinarias dirigidas a hacer frente a la emergencia sanitaria del covid-19. Recogidas en el Decreto Foral Normativo 3/2020 de 28 de abril, consisten en la flexibilización de plazos tributarios cuyo cumplimiento puede verse afectado por la situación de emergencia sanitaria o por la crisis económica derivada de la misma.

Estas medidas complementan a las ya aprobadas el pasado 17 de marzo, dirigidas principalmente a facilitar la liquidez de trabajadores autónomos, microempresas y pequeñas empresas mediante el aplazamiento de sus obligaciones tributarias, según ha informado la Diputación vizcaína.

Las medidas aprobadas se publicarán este miércoles, 29 de abril, en el Boletín Oficial de Bizkaia y se pueden consultar ya en www.bizkaia.eus y en la app BizkaiUP, donde se recoge toda la información y las medidas especiales adoptadas por la Diputación Foral de Bizkaia ante la situación generada por el coronavirus.

FLEXIBILIZACIÓN DE PLAZOS

Las medidas aprobadas hoy por la Diputación son de carácter transitorio, y se refieren a plazos establecidos en la normativa de los impuestos sobre la Renta, sobre Sociedades y de Actos Jurídicos Documentados, así como a la Norma Foral General Tributaria.

De la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se modifican plazos relacionados con el tratamiento de la vivienda habitual, ampliando entre otros el plazo de las cuentas vivienda, el plazo de reinversión en vivienda habitual o el plazo de finalización de las obras de la vivienda habitual adquirida en construcción.

Por su parte, de la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades, se amplía el plazo de presentación del impuesto para las micro y pequeñas empresas. Así mismo, se flexibilizan los plazos para la utilización del artículo 64.bis, de participación en proyectos de investigación y desarrollo o innovación tecnológica. Por último, los contribuyentes de este impuesto disponen de mayor plazo para la reinversión y la materialización de inversiones.

Fuente: www.deia.eus

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