La Junta Directiva de la CEOE acordó hoy recurrir ante la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo el Real Decreto 608/2023, que desarrolla el Mecanismo RED, que es la fórmula de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), que reguló la reforma laboral.
Trabajo incluyó en la norma, sin el acuerdo de la patronal y de los sindicatos, la obligación de las empresas de comunicar el ERTE, y el despido colectivo, con al menos seis meses de antelación, al Ministerio de Trabajo o, en su caso, a la Consejería correspondiente de la comunidad autónoma, cuando el expediente afecte a más de 50 trabajadores y suponga el cierre de la empresa o de uno o varios centros de trabajo.
"En el caso en que no sea posible observar esa antelación mínima -dice la norma- deberá realizarse la notificación tan pronto como lo fuese y justificando las razones por las que no se pudo respetar el plazo establecido".
Además, la disposición exige que "dichas empresas remitan copia de la notificación a la que se refiere el apartado anterior a las organizaciones sindicales más representativas y a las representativas del sector al que pertenezca la empresa, tanto en toda España, como de la comunidad autónoma donde se ubiquen el centro o centros de trabajo que se pretenden cerrar".
Para los empresarios esta modificación unilateral del Ministerio de Trabajo supone, de hecho, una restauración de la autorización administrativa previa, que fue derogada por la reforma laboral de 2012, la que hizo el Gobierno del PP.
Fuente: www.expansion.es