El Supremo ve delito en usar la visa de empresa para gastos particulares

El Tribunal Supremo ha condenado a cuatro años y medio de prisión por apropiación indebida y falsedad a un matrimonio de Málaga que cargó 450.000 euros en gastos personales a la tarjeta visa de la empresa de venta y alquiler de vehículos para la que trabajaban. La sentencia, que puede servir como pauta en el caso de las tarjetas opacas de Bankia, destaca que “el más elemental sentido común impone al titular de una tarjeta de empresa excluir su utilización para gastos personales” aunque no exista una limitación expresa por parte de quien haya autorizado su uso.

En este caso concreto, la pareja —él administrador de la empresa y ella administrativa— cargó los 450.000 euros en gastos como la instalación de un equipo de aire acondicionado en su domicilio, comidas de fines de semana, muebles y viajes. Esta forma de actuar es similar a la empleada por 82 consejeros de Caja Madrid y Bankia, que cargaron gastos personales por 15,2 millones de euros entre 2003 y 2012.

La sentencia explica que para que haya delito, la apropiación de los fondos debe hacerse con “vocación permanente”. Esto se deduce del tipo de gasto (el pago del aire acondicionado), así como del hecho de que los condenados no hicieron gestión alguna para devolver el dinero a la empresa.

Los condenados no solo usaron las tarjetas de empresa en beneficio propio, y no para gastos de representación. Entre 1997 y 2000, periodo en el que se produjeron los hechos, también confeccionaron recibos falsos para quedarse con dinero de las gestiones de matriculación de los vehículos que vendían, y facturaban por un precio inferior al abonado por los clientes, quedándose con la diferencia.

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