El Teac no revisa las medidas cautelares del delito fiscal

Los tribunales económico-administrativos no tienen competencia para su revisar las medidas cautelares adoptadas en casos de delito fiscal, según establece el Tribunal Económico-Administrativo Central (Teac) en una resolución de 27 de diciembre de 2015.

La Sala determina que cuando la Administración tributaria adopte medidas cautelares sobre los sujetos contra los que se dirige el procedimiento por delito fiscal, será preciso practicar la notificación obligatoria de la medida adoptada al contribuyente y al resto de las partes en el proceso penal-fiscal y juez competentes-. Esta medida tendrá una vigencia limitada hasta que el órgano judicial adopte la decisión procedente en el procedimiento penal.

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