Hacienda crea una “infracción grave” para castigar la ingeniería fiscal

Hacienda introduce una nueva “infracción tributaria grave” para atacar supuestos de actuación artificiosa o fraudulenta o de planificación fiscal agresiva. De esta manera, el Fisco modifica uno de los aspectos de la Ley General Tributaria, que el Gobierno va aprobar hoy, que había sido duramente criticado por el Consejo de Estado en su dictamen, que adelantó EXPANSIÓN el martes. El máximo órgano consultivo alertó de que sólo cabe imponer sanción “si se delimitan una por una las conductas constitutivas de infracción”, “con todas las garantías”.

Así lo trasladan fuentes del Hacienda, que explican que será sancionable la obtención de algún ahorro fiscal mediante actos que ya han sido declarados por la Administración como de conflicto en la aplicación de la norma tributaria y no como meras economías de opción. Tienen que ser supuestos sustancialmente iguales a los calificados por la Administración anteriormente en un criterio hecho público, sobre el que se persiste en el incumplimiento.

El objetivo, según Hacienda, es profundizar en la lucha contra los comportamientos más sofisticados de fraude fiscal o estructuras artificiosas dirigidas únicamente a obtener ahorros fiscales abusando de lo dispuesto por las normas tributarias. Actualmente, no cabe la imposición de sanción, con lo que el castigo para las empresas no pasa de pagar el interés de demora, lo que lo hace en cierto modo “rentable”. El Fisco traslada que los países de la OCDE sancionan este tipo de conductas de abuso de derecho. Se establecen expresamente sanciones específicas en países como Francia, Estados Unidos y Nueva Zelanda, entre otros, o bien resulta aplicable el régimen general sancionador, como en Italia, Alemania y Reino Unido.

Como ejemplo, se podrán sancionar estructuras creadas por multinacionales para minorar la base imponible del Impuesto sobre Sociedades mediante la generación de gastos financieros por préstamos artificiosos o fraudulentos en el seno del grupo, siempre que idénticas estructuras hayan sido ya declaradas abusivas y se persista en su utilización.

Además, el texto que el Consejo de Ministros aprobará hoy establece que se identificará a los contribuyentes que saldrán en la lista de morosos plenamente (razón social, nombre, apellidos y NIF) y el importe conjunto de las deudas y sanciones pendientes de pago. Y se establece un plazo de 10 años para la comprobación de bases o cuotas.

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