La banca andorrana deberá dar información a Hacienda en 6 meses

La banca andorrana deberá facilitar la información tributaria que le demande la Hacienda española en un plazo máximo de seis meses. Así lo establece el Convenio para Evitar la Doble Imposición que acaban de firmar España y Andorra, al que ha tenido acceso EXPANSIÓN, que dará un giro copernicano a las relaciones tributarias con el Principado, en general, y, en particular, alerta a la banca de sus nuevas obligaciones.

“En ningún caso se podrá denegar el intercambio de información únicamente porque ésta obre en poder de bancos, otras instituciones financieras, o de cualquier persona que actúe en calidad representativa o fiduciaria”, subraya el Convenio, que incluye un Protocolo que detalla los nuevos requisitos. Entre estos, destaca el establecimiento de unos plazos, por los que los Estados deberán intercambiar información en un periodo máximo de seis meses desde que acusen recibo de la petición. El propio acuse de recibo no puede extenderse más allá de 10 días, estipula el Protocolo.

Además, prosigue el Convenio, la información “se intercambiará independientemente de que la conducta objeto de investigación pudiera constituir un delito penal según las leyes de ese Estado”. Por ejemplo, Suiza argumenta que la apropiación de datos fiscales reservados por parte del exempleado de HSBC Hervé Falciani es un robo para el Estado helvético, por lo que rechaza informar.

El Convenio con Andorra explica que el “el criterio previsiblemente relevante [al que alude en su articulado] tiene como finalidad establecer un intercambio de información en materia tributaria tan amplio como sea posible”. En esta línea, añade, “los requisitos deben interpretarse de forma que no se malogre el efectivo intercambio de información”.

Andorra se compromete a responder desde 1 de enero de 2016 a demandas de información agrupadas o grupales de la Hacienda española y no sólo a requerimientos individuales de un juez como hasta ahora. Esta medida es un importante paso hacia el fin del secreto bancario, camino en el que el Principado sigue los pasos de Suiza. Estos avances culminarán en 2018 con la entrada en vigor del intercambio automático de información fiscal, proceso en el que trabajan la UE y la OCDE y al que Andorra se ha adherido “siempre que sea un movimiento generalizado”, advirtió su primer ministro, Antoni Martí.

Desde el 1 de enero de 2016, por ejemplo, España podrá solicitar información a Andorra sobre un grupo de residentes en España que tenga suscrito un mismo producto financiero en una entidad bancaria andorrana y que no ha sido declarado a la Hacienda española. La petición de información podrá realizarse sobre ejercicios en los que ya esté vigente el anterior acuerdo. Es decir, desde 2010, en que España y Andorra firmaron un Acuerdo de Intercambio de Información por el que el Principado dejó de ser considerado paraíso fiscal.

Hacienda podrá pedir a Andorra, por lo tanto, que le proporcione datos de contribuyentes que hayan podido cometer fraude o evasión fiscal o, incluso, haber incumplido alguna norma, sin especificar sus nombres ni proporcionar datos de la cuenta o entidad, requisito clave hasta ahora. El secreto bancario llevaba a responder sólo a peticiones de jueces en una causa penal.

El Convenio aclara “que los Estados no tienen libertad para emprender búsquedas indefinidas de pruebas (fishing expeditions) ni para solicitar información de dudosa relevancia respecto a la situación fiscal de un determinado contribuyente”. Estas prevenciones son similares en el caso de Suiza, pero los expertos apuntan que la autorización de peticiones genéricas puede dar lugar a situaciones donde la diferenciación entre ambas figuras no sea todo lo clara y acaben admitiéndose las peticiones indiscriminadas de información.

El Convenio, firmado en Andorra la Vella por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, y su homólogo andorrano, Jordi Cinca, el pasado 8 de enero, entrará en vigor en un plazo de tres meses una vez que lo ratifiquen los respectivos Parlamentos.

Además, la norma prevé “la firma de un acuerdo administrativo de asistencia mutua en la recaudación de sus créditos tributarios”, por lo que la Agencia Tributaria podrá recaudar impuestos y embargar deudas en Andorra.

La parte relativa a la doble imposición, la que más interesa a Andorra, se salda con mejoras en el tratamiento de dividendos, intereses, cánones y ganancias patrimoniales para evitar dobles gravámenes, que tendrán en general una retención del 5%.

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