Llega la declaración del IRPF: las novedades de este año, deducciones, los tipos de gravamen…

Llega la campaña de la renta del IRPF. La hora de ajustar cuentas con el fisco sobre las rentas obtenidas el pasado año, por las que los contribuyentes ya han adelantado las retenciones aplicadas en sus nóminas (o las de los autónomos) y en sus productos de ahorro. Las diputaciones vascas calculan que deberán gestionar 1,1 millones de declaraciones (556.000 en Bizkaia, 376.000 en Gipuzkoa y más de 174.000 en Álava- entre este martes y el 30 de junio, la fecha límite para su presentación. En la mayoría de los casos -más del 60%-, las haciendas forales ya las han enviado elaboradas a los contribuyentes y el saldo es negativo (a devolver) por un importe medio que ronda los 1.000 euros. Las que darán a ingresar se situarán entre los 1.700 y los 1.900 euros de promedio, según los territorios.

La declaración de 2016 apenas incorpora modificaciones respecto a la del año anterior. Las introducidas por las administraciones tributarias son menores y de escasa repercusión económica. Los tipos de gravamen se mantienen entre el 23% (hasta los 15.550 euros anuales) y el 49% (de 179.460 euros en adelante).

Estos son los principales cambios en la campaña de la renta del presente ejercicio:

Bizkaia

-Seguros. Capital percibido por supervivencia

Si el contrato combina la contingencia de supervivencia con las de fallecimiento o incapacidad y el capital percibido deriva de la primera de ellas, para el cálculo del rendimiento de capital mobiliario obtenido pueden descontarse no sólo la parte de las primas satisfechas por el riesgo de supervivencia, sino también las correspondientes a los otros dos.

-Acreedor hipotecario

Si las prestaciones por incapacidad derivadas de un contrato de seguro suscrito por un contribuyente son percibidas por una entidad de crédito y/o entidad prestamista profesional con la obligación de amortizar totalmente el préstamo hipotecario, se debe integrar como rendimiento de capital mobiliario el importe obtenido, menos las primas satisfechas.

Las rentas entregadas al acreedor hipotecario no son retenidas y, por tanto, el efecto en la deuda tributaria del contribuyente puede ser importante.

-Transmisión de elementos patrimoniales por mayores de 65 años y renta vitalicia

La plusvalía generada por mayores de 65 años en la transmisión de bienes en 2016 (por ejemplo, viviendas no habituales, locales, acciones, fondos de inversión, etc) no tributará siempre que el destino del importe obtenido haya sido la constitución de una renta vitalicia.

La renta vitalicia debe materializarse en un plazo máximo de seis meses desde la operación. La cantidad máxima que puede destinarse a su constitución es de 240.000 euros.

Es importante indicar que, para la transmisión onerosa de la vivienda habitual por mayores de 65 años, la normativa ya preveía la exención de la plusvalía obtenida con un límite máximo de 400.000 €, sin exigir destino concreto alguno para el importe obtenido en su venta.

-Presentación telemática

Es obligatoria la presentación telemática de la declaración de renta para aquellos contribuyentes que presenten declaración de patrimonio. Los demás pueden realizar el trámite, indistintamente, en papel o a través de internet.

Álava

Las novedades de esta campaña en Álava son las siguientes:

-Entrega de acciones por la empresa a sus trabajadores.

Está exenta la retribución en especie derivada de la entrega de acciones/participaciones de la empresa a sus trabajadores, gratuitamente o por precio inferior al de mercado, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos.

-Transmisión de elementos patrimoniales por mayores de 65 años y renta vitalicia

El régimen es el mismo que el expuesto anteriormente para Bizkaia.

-Utilización obligatoria del programa padre

Las declaraciones de renta deben prepararse necesariamente utilizando el programa de ayuda de la Diputación Foral de Álava.

Aunque no suponen novedades respecto a otras campañas, otros aspectos a destacar son los siguientes:

Bizkaia

-Aportaciones a EPSV.

El contribuyente podrá reducir de la base imponible general las aportaciones personales realizadas con un límite anual de 5.000 €. Por otro lado, las aportaciones empresariales realizadas a su favor son reducibles hasta 8.000 €. Es decir, el máximo a reducir por aportaciones empresariales y personales no podrá exceder en su conjunto de 12.000 € al año.

Los excesos no reducidos en el periodo de la aportación podrán reducirse en los 5 ejercicios siguientes.

Asimismo, el contribuyente podrá reducir de su base imponible general las aportaciones realizadas a favor de su cónyuge con un máximo anual de 2.400 €, siempre que este último no obtenga rentas a integrar en la base imponible general o las obtenga por importe inferior a 8.000 € anuales.

-Deducción por adquisición de vivienda habitual

El contribuyente puede deducirse el 18% de las cantidades invertidas en la adquisición de la vivienda habitual y de los intereses del préstamo satisfechos. La desgravación anual en ningún caso puede superar los 1.530 € anuales.

En caso de menores de 30 años y familia numerosa, pueden deducirse el 23% de las cantidades indicadas, con un desgravación máxima de 1.955 €.

Álava

-Aportaciones a EPSV.

El contribuyente podrá reducir de la base imponible general las aportaciones personales realizadas con un límite anual de 5.000 €. Por otro lado, las aportaciones empresariales realizadas a su favor son reducibles hasta 8.000 €. No obstante, el máximo a reducir por aportaciones empresariales y personales no podrá exceder en su conjunto los 12.000 € al año.

Los excesos no reducidos en el periodo de la aportación podrán aplicarse en los 5 ejercicios siguientes.

Las condiciones y límites para reducir las aportaciones realizadas a favor del cónyuge son las mismas que en el Bizkaia.

-Deducción por adquisición de vivienda habitual

En este punto nos remitimos a lo ya expuesto para Bizkaia.

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