Los asesores fiscales prevén un aluvión de recursos al impuesto a las fortunas

La Asociación Española de Asesores Fiscales recomienda a los grandes patrimonios pagar el impuesto y recurrirlo inmediatamente alegando múltiples vulneraciones legales.

La del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas es una historia trepidante y accidentada como no hay otra en el marco tributario español. Creado tan a prisa en la recta final del año pasado que fue introducido como enmienda de otra norma, sufriendo en esta carrera un error técnico que descafeína su recaudación, el tributo ya había sido varias veces llevado ante la justicia antes siquiera de comenzar a cobrarse, y ahora que se está liquidando, desde el 1 al 31 de julio, se prevé que los grandes patrimonios del país acompañen el pago de una "avalancha" de recursos reclamando su devolución mientras aguardan a unos comicios que amenazan con suprimirlo.

Así lo constataron ayer desde la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), donde presentaron un informe analizando en profundidad el tributo y denunciando que supone relevantes "vulneraciones jurídicas" por las que recomiendan a los contribuyentes abonar su liquidación correspondiente "e impugnarlo inmediatamente".

"El impuesto es una reacción del Estado a la política fiscal lícita de determinadas comunidades autónomas de incorporar beneficios fiscales" al Impuesto de Patrimonio, que supone un intento de "armonización por la puerta de atrás que es incompatible con el principio de reserva de la ley orgánica que establece la Constitución", sostiene José Manuel Almudí Cid, profesor titular de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Complutense de Madrid, miembro de la Aedaf y autor del informe El impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas: Adecuación a la Constitución, los convenios para evitar la doble imposición y el derecho de la Unión Europea. El documento carga contra la tramitación "extravagante y atropellada" de un tributo que en lugar de nacer de un proyecto de ley específico del Gobierno, fue adherido como enmienda a una proposición de ley de los grupos políticos de la coalición (la de los tributos a banca y energéticas), evitando su posible modificación.

Tal es así que, ante la prisa del Ejecutivo por tenerlo aprobado antes de final de año para poder aplicarlo ya sobre el ejercicio fiscal 2022, el tributo nació con "una incoherencia" frente a su objetivo manifiesto de aplicarse fundamentalmente en las regiones que bonifican Patrimonio al 100%, Madrid y Andalucía, donde el escudo fiscal resultante de la cuota íntegra permite reducir el pago hasta en un 80%. Un error que el Consejo de Estado no consintió corregir disimuladamente en el modelo de declaración.

La situación ha provocado, según Almudí, una vulneración de los principios de seguridad jurídica y confianza legítima, impidiendo a los contribuyentes una mínima planificación fiscal. El profesor también denunció que la norma conlleva un "tratamiento asimétrico" entre contribuyentes residentes y no residentes, "cercenando" para estos últimos beneficios como el mínimo exento de 700.000 euros o la citada cuota íntegra. Una discriminación que los asesores fiscales asumen que sería tumbada por la Justicia europea, aunque la expectación está puesta en que el Tribunal Constitucional tumbe antes todo el tributo ante los recursos de Madrid o Andalucía.

"Las impugnaciones de este impuesto, que nosotros recomendamos realizar, pueden traer como consecuencia un coste mucho mayor al Estado, que tendrá que devolver lo recaudado más los intereses de demora al cabo de unos años. A medio plazo esto daña las arcas públicas", asume Stella Raventós, presidenta de Aedaf. Javier Gómez Taboada, su responsable de estudios, asume que habrá "una avalancha de recursos" de entro los 22.746 contribuyentes con patrimonios de más de tres millones, que abonarán por ellos del 1,7% al 3,5%.

 

Fuente: www.expansion.es

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