Reforma fiscal: cómo afectará los cambios en la tributación del alquiler

Las novedades fiscales de 2015 no solo afectan al IRPF (a partir de enero bajarán las retenciones a la nómina) y al ahorro, con menores reducciones, sino que se modificará la fiscalidad de la vivienda en alquiler, algo que afectará tanto a propietarios como inquilinos. Sin embargo, el hecho de que el alquiler se refleje en la Declaración de la Renta hará que se note ya en 2016.

Propietario

El Gobierno igualará la reducción por alquiler a todos los propietarios. Si antes, el propietario de una vivienda en alquiler tenía una reducción del 100% de las rentas generadas si el inquilino tenía menos de 30 años, reducción que se reducía al 60% si tenía más. Ahora, con la nueva reforma fiscal, la exención será igual para todos, independientemente de la edad del arrendatario: un 60% para los contratos firmados a partir del 1 de enero de 2015.

Sin embargo, se mantendrán las deducciones para el propietario por los gastos generados por el alquiler de la vivienda, que incluye el seguro de hogar, los gastos generados por el abono de la tasa de comunidad, a lo que hay que añadir la amortización del inmueble y los gastos de conservación así como el abono de impuestos y tasas como el IBI o la tasa de basuras.

Manuel Gandarias, director del Gabinete de Estudios de pisos.com, señala que "la en vigor de la reforma fiscal con fecha 1 de enero de 2015 tiene sus aspectos positivos y negativos. Desde el punto de vista del comprador, la bajada de los tipos marginales y la redistribución de los tramos del IRPF dejan más renta disponible, lo que fomenta el ahorro y el consumo, y en segundo plano, mejora el perfil financiero de cara a la compra de una vivienda vía hipoteca".

En definitiva la reforma fiscal tendrá su impacto negativo de manera considerable sobre todo para aquellos propietarios que tengan activos en propiedad desde hace tiempo y que no superen los 65 años, así como los nuevos arrendatarios con rentas medias. Es de esperar que el Gobierno tome medidas para seguir impulsando las compraventas en 2015, puesto que es la propiedad la fórmula que marca el ritmo. La entrada en vigor de la reforma fiscal no tendrá impacto en las estadísticas oficiales hasta marzo, puesto que las compraventas cerradas a finales de 2014 no se reflejan en los registros hasta el tercer mes del año.

Inquilino:

La nueva reforma fiscal afectará especialmente a los inquilinos que firmen ahora el contrato de arrendamiento, ya que se suprime la deducción por alquiler de vivienda. Y es que desde el 1 de enero de 2008, los contribuyentes se podían deducir el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales y hasta un máximo de 9.040 euros anuales, de esa manera lo equiparaba a la compra para que gozara de las mismas ventajas fiscales.

Sin embargo, se mantiene para los inquilinos que hayan firmado el contrato antes del 31 de diciembre de 2014.

Gandarias destaca que "nn lo que se refiere al alquiler, muchos se han dado prisa por firmar antes de enero de 2015. A partir de esta fecha, se limita la deducción por alquiler de vivienda que estaba prevista para contribuyentes cuya base imponible fuera inferior a 24.107,20 euros, pudiendo deducirse el 10,05% de las cantidades satisfechas por su vivienda habitual hasta un máximo aportado de 9.040 euros anuales. Las nuevas ayudas toman como base el IPREM, que no podrá superar las tres veces (22.365,42 euros) y limitan el alquiler mensual a 600 euros. La ayuda supondría el 40% de la renta anual con un máximo de 2.400 euros anuales. La reformulación de los apoyos al arrendamiento vuelve a colocar este método de acceso en un segundo plano, limitándolo a las ayudas puramente sociales y olvidando que estamos todavía lejos de las cifras europeas".

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